El cónyuge o unido de hecho legalmente del asociado activo laborante, podrá solicitar su ingreso, debiendo cumplir los siguientes requisitos:
Si los beneficiarios de la prestación póstuma fueren menores de edad o incapacitados legalmente declarados y el asociado desea que la prestación póstuma sea entregada a quien no ejerza la patria potestad, deberá nombrar representante administrador de prestación póstuma en escritura pública. Solicitar en las oficinas de ASAPESPU, Representante Departamental, Delegado Distrital o con Órgano de Dirección, el instructivo correspondiente.